SOLUCIONES INFORMÁTICAS

1. Reemplazar nombres por iniciales, o suprimirlos 
2. Textos en PDF, imagen, o
encriptados para evitar que sean detectados por un buscador
3. Robot Exclusion Standard


1. Reemplazar nombres por iniciales, o suprimirlos 

Esta solución es la que vienen aplicando algunas revistas de jurisprudencia editadas en papel. En las recientes versiones Internet algunas de estas editoras han continuado la misma política. En algunos casos es solo para algunas personas y tipo de casos; los mas frecuentes son los casos de niños y adolescentes, de familia, las victimas, enfermos de SIDA y los profesionales (médicos demandados por mala praxis y abogados mencionados en la parte de las sentencias que regula honorarios).

Suprimen o inicializan nombres, por ejemplo, en Argentina las revistas: El Derecho, La Ley, Jurisprudencia Argentina (en menor medida desde que fue adquirida por Lexis-Nexis), y en Costa Rica, las revistas: Revista Judicial, Jurisprudencia Constitucional, Jurisprudencia Laboral, Revista de la Asociación de Ciencias Penales de Costa Rica, Jurisprudencia Tributaria. La editorial Aranzadi de España suprime todos los nombres. La editorial El Dial que publica jurisprudencia solo en Internet, suprime los apellidos en algunos casos sensibles.

La mayor dificultad de este procedimiento son los costos, ya que el reemplazo es prácticamente manual. Algunos ejemplos de estas prácticas son:

 

ARGENTINA

En los casos incluidos en la Base de Montos Indemnizatorios por Daños Personales se han reemplazado por iniciales los nombres de las víctimas y reclamantes. Los demandados no pueden encontrarse con el  motor de búsqueda. Ver por ejemplo:

M., D. D. c. Provincia de Corrientes
A., L. S. y otro c. Empresa Distribuidora del Sur S.A.
Z., D. Á. c. Equipo Médico S.A. y otros

Cuando un caso llega a la Corte Suprema de Justicia, se sobreentiende que gana publicidad, por tanto se mantienen los nombres de las partes (excepto niños y adolescentes):

Morales, Dora c. Herederos de Antonio Misiti 

Utilizando un criterio aún más restrictivo que el de la Ley de Prevención y Lucha contra el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) [Ley 23.798 del 16 de Agosto de 1990] cuando se menciona a portadores de HIV su nombre es reemplazado por las letras N.N.:

N. N. c. Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
N. N. c. Hospital General de Agudos
N. N. c. Chaparro, Augusto y otro

En los casos decididos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha seguido un criterio menos restrictivo que incluye colocar iniciales en los nombres de niños y adolescentes:

M., D. D. c. Provincia de Corrientes 

En los casos de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Azul (Provincia de Buenos Aires) que son publicados por la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires se reemplazan todos los nombres (actores y demandados) por iniciales, por ejemplo:

B. H. c. L. J. C.
V. de A. T. y otro c. G. H. A. y otros

Los casos decididos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación se encuentran accesibles en el sitio Poder Judicial de la Nación. Son publicados con los nombres completo (que son accesibles para el buscador) con la excepción de algunos casos de investigación de paternidad, que son publicados con iniciales.

ECUADOR

La Revista Judicial es una publicación privada en papel e Internet vinculada al diario La Hora. En el sitio en Internet se suprimen los nombres de los niños y de las víctimas de violación (ejemplo). Otras victimas no tienen esta protección (ejemplo). Sin embargo en el suplemento del diario La Hora (Avisos Judiciales) se publican los nombres completos de los niños en los extractos sobre 'permisos para salir del país' y 'alimentos'. 

Recientemente el sitio Función Judicial Guayas ha introducido un mecanismo de protección para las listas de casos iniciados ("sorteos" civiles y penales, que incluyen los nombres de las partes, y en el caso de los penales los de las víctimas). Este mecanismo de protección consiste en impedir que quien accede a esas listas por Internet no pueda guardarlas en su disco (save as). Sin embargo esta aplicación solo esta funcionando para Internet Explorer y es posible guardarlas con Netscape.

EL SALVADOR

En el sitio de la Corte Suprema de Justicia las sentencias en casos de los Juzgados de Menores se publican eliminando todos los nombres y datos personales de niños y adolescentes, por ejemplo:

M0101-13-2001
M0101-15-2001
M0101-14-2001

JAMAICA

Courts (Jamaica) Limited (consent agreement), Jamaica Fair Trade Comission. 

"Public Version: Confidential information omitted. The omissions are indicated by a note or by the symbol "

MÉXICO

En México los sitios web de los poderes judiciales estatales y del DF publican a diario el Boletín que contiene los movimientos del despacho de cada caso. La edición -que hasta hace poco tiempo era solo en papel- contiene los datos de identificación del caso (nombres y apellidos de las partes, el tipo de litigio y el movimiento del despacho). Casi todos los estados y el DF tienen hoy esta información en Internet en listas.

URUGUAY

El sitio Información Legal del Departamento de Salto (desarrollado por Gonzalo J. García Lemes), publica una selección de sentencias de la jurisdicción de Salto. Todos las partes son reemplazadas por iniciales, incluso las empresas y los organismos públicos. Por ejemplo:

E. S.A. c. . T. s.a. y otros - cobro de pesos  
S. S., M. A. c.  B. H. del U. cobro de pesos

VENEZUELA

N.A., Y.F., R.B., A.P., R.S., A.G., C.L., G.C., A.M. y F.B. c. Ministerio de Sanidad y Asistencia Social - recurso de amparo

'Esta Sala está consciente de que los esfuerzos que se hagan a nivel de los poderes públicos para garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación, depende en buena parte de la conciencia social que se tenga sobre esta enfermedad, de allí que resultará altamente beneficioso en el tratamiento de este tema la colaboración de los propios afectados, sus familiares y allegados. La garantía del derecho a la no discriminación no se logrará si ellos mismos -resguardándose en la privacidad- se aislasen, se apartasen de sus actividades, ocultasen sus propios padecimientos o se sintiesen culpables cuando en realidad no hay razón para ello.

La privacidad es un derecho de todos, y siempre que sea solicitado el carácter reservado de las actuaciones que se lleven a cabo en casos similares, la Sala tomará en cuenta las razones que se le expongan, pero dejando a salvo su criterio en relación con el tema, que ha sido señalado supra. Al respecto,

"Sustituidos los nombres, apellidos y números de cédulas de identidad de los recurrentes por mandato de la presente sentencia".'

J.R.B., D.L., D.R. y N.A. c. Ministerio de la Defensa - recurso de amparo (puede verse que en este caso se mantienen los números de cedula de identidad, en otros casos del mismo tipo las sentencias contienen nombres y números de cedula)

     

2. Textos en PDF, imagen, o encriptados para evitar que sean detectados por un buscador.

El formato PDF de Acrobat permite generar un documento encriptado y sólo lectura (o sea no admite "copiar-y-pegar"). Los documentos encriptados ofrecen algún tipo de protección para los datos personales, pues si el documento esta encriptado, éstos no pueden ser encontrados por los buscadores. El problema radica en que ninguna otra búsqueda podría ser realizada, incluyendo por ejemplo los términos jurídicos; esto seria una limitación al acceso al precedente jurisprudencial.  Iguales consideraciones merece la inclusión de sentencias en imagen (esta situación ha sido utilizada por algunos tribunales en Brasil para poner en línea sentencias históricas).

La posibilidad de lograr una encriptación parcial parece ser una camino para la solución. Un primer intento ha sido desarrollado con una aplicación con las siguientes características:

Ver un ejemplo: R., M. J.  c.  López, Gerardo y otro

En consecuencia ofrece un moderado nivel de protección, a un bajo costo y mantiene el concepto de transparencia, pues finalmente los nombres y datos personales están visibles.

Una versión de prueba puede descargarse de:

 http://www.iijusticia.edu.ar/encriptador.htm 

3. Robot Exclusion Standard

Los datos personales puedes estar expuestos a diferentes niveles de búsqueda, ya sea por el buscador que habilita el sitio del Poder Judicial, o por algún motor de búsqueda de toda la red, los mas conocidos son Google, Yahoo, Altavista, Lycos, pero existen muchísimos mas.

Estos buscadores recorren la red identificando documentos, y crean copias de ellos en sus servidores (cache). Estas copias son utilizadas para ser recorridas cada vez que un usuario realiza una búsqueda. Existen varias formas de organizar las búsquedas en un servidor, algunas de ellas son mas seguras en la medida que no pueden ser indexadas por estos buscadores. Si las sentencias son incluidas en listas, estas son generalmente mucho mas accesibles (ver por ejemplo los sitios de los Poderes Judiciales de Belize, Jamaica, Trinidad & Tobago y de la ECSC).

El Robot Exclusion Standard es un procedimiento para evitar que estos buscadores indexen las sentencias. Si las sentencias no son accesibles por estos buscadores, serán mas eficaces los esfuerzos por limitar la búsqueda de datos personales por partes de los buscadores de los sitios de los poderes judiciales. Los sitios más relevantes del Common Law adhieren a este procedimiento: IIJCan (www.canlii.org), AustLII (www.austlii.edu.au), BaiLII (www.bailii.org).


Bibliografía

Charles P. Kollar, John R. R. Leavitt & Michael Mauldin, Robot Exclusion Standard Revisited.